viernes, 25 de julio de 2008

Asunto: [asociacion civil vida -ong VIDA-] A UD. CONVENCIONAL CONSTITUYENTE ENTRERRIANO


A nuestros coprovincianos agradecemos la difusión.



Estimado Constituyente Entrerriano:

La ong VIDA-asociación civil VIDA- de Concepción del Uruguay, quiere aportar este tema para el cuidado del Medio Ambiente y esté incluido en debates y en la futura Constitución provincial.

EL AGUA DEBE SER SIEMPRE PROPIEDAD DEL ESTADO

La premisa: el AGUA es un derecho inalienable humano y no es una mercancía. Hoy, sabemos que no toda la población tiene acceso a ella y vive en condiciones sanitarias insalubres.
Las privatizaciones no han sido un ejemplo a imitar en el país; donde no existió un marco regulatorio preciso, ni se protegió el interés de la comunidad.
Cada vez, hay más personas que tienen menos posibilidades de consumir este vital elemento.
Existe una contradicción con Argentina y el acceso al agua.

--En el año 2000, tenía 21.981 m3 por año y por persona.
--En el año 2005, 20.940 m3 por año y por persona.
--Argentina es en Sudamérica el país que menos agua tiene per. cápita.
--Sudamérica es la región con más agua en el mundo.
--Argentina, entre los ricos en agua, es el MÁS POBRE.

¿Por qué sucede esto?

--Crecimiento de la población

--Uso del agua de manera menos responsable

--Incremento del riego

--Pérdidas en cañerías


ONG VIDA propone sea incorporado en la Constitución Provincial que sea:


El agua como propiedad del Estado-de dominio provincial e interés público.

Que no se venda el derecho al agua, que es patrimonio común, garantizar la equidad en su acceso y la participación de todos los usuarios.

Un ente o agencia de control y, a su vez, controlado que se ocupe del cumplimiento de las leyes y de la tecnología a aplicar para lograr la llegada a todos del bien.

El agua subterránea debe tener leyes especiales, para evitar la sobreexplotación de los acuíferos y del agua termal, donde se controle el agua salada extraída para no contaminar el agua dulce.

Preservar los cursos de agua en forma permanente y reglamentación estricta.

La aplicación del tratamiento de efluentes en las ciudades para que el agua devuelta no aporte más muerte al río.

Será interesante, tener presente que el AGUA es un bien agotable y no es propiedad nuestra, pertenece a las generaciones por venir.

Este artículo enviado a Usted será levantado en nuestro blog:
http://asociacioncivilvida.blogspot.com para conocimiento de la población.


--
Publicado por asociacion civil vida para asociacion civil vida -ong VIDA- el 7/25/2008 07:39:00 AM